Aún siendo la estimación objetiva un método de declarar los resultados empresariales a la AEAT, que cada día se restringe más, es necesario conocer las diferencias básicas existentes entre módulos y estimación directa, para poder decidirse por una forma de estimación o por otra. Primero deberemos asegurarnos de que el epígrafe de nuestra actividad como autónomos permite declarar en estimación objetiva, y a partir de ahí veremos las ventajas e inconvenientes de cada método para poder elegir lo que nos interese.
Ventajas e inconvenientes de los Módulos y de la Estimación Directa
1.- La Estimación Objetiva es un sistema de declarar el IRPF que no depende de los ingresos y gastos reales. Se realiza una estimación del mismo. Por el contrario en estimación directa se calcula el rendimiento neto real de nuestro negocio.
Al iniciar una actividad es imposible saber si tendremos beneficio y su cuantía para poder tomar decisiones Lo que es seguro es que si nos acogemos a a módulos pagaremos siempre, mientras que en estimación directa podremos declarar un rendimiento negativo, y no pagar nada.
Con la estimación directa podemos aplicar más deducciones, puesto que con los módulos nuestros gastos reales no se toman en cuenta. Normalmente, cuando se inicia una actividad, los beneficios son reducidos, mientras el negocio se va estabilizando. Con la estimación directa plasmamos correctamente esa circunstancia puesto que vamos a poder deducir todos los gastos necesarios para la obtención de los ingresos. Si en un momento determinado el beneficio creciese de forma importante, siempre podríamos evaluar transcurridos tres años desde el inicio cambiarnos a módulos.
2.- Con la estimación Objetiva, en módulos, se paga siempre la misma cantidad. Permitiendo hacer una previsión de tesorería para hacer frente a los pagos trimestrales. A uno de enero ya sabemos lo que vamos a pagar en los cuatro trimestres facturemos o no. Y en la Renta tendremos que regularizar lo declarado. Si la estimación inicial es menor que la existente al final del ejercicio (porque hemos contratado personal a lo largo del mismo o nuestro consumo eléctrico ha sido mayor, por ejemplo), tendremos que pagar en la Renta lo que hemos pagado de menos durante el año.
3.- Las obligaciones formales nos obligan, en ambos sistemas a llevar un registro de ingresos y gastos, a conservar las facturas emitidas, recibidas y los justificantes de los módulos aplicados, en el caso de la estimación objetiva. También debe llevarse el libro registro de bienes de inversión por la aplicación de las amortizaciones.
En definitiva el factor determinante para la elección de un sistema debe ser la capacidad de pagar cada trimestre y la preparación del contribuyente para asumir mayor o menor complejidad en la gestión.
Por último tenemos que tener en cuenta que la elección de un sistema u otro, si tenemos que presentar declaraciones de IVA nos va a condicionar estar en el régimen simplificado o en el régimen general